Nuevos certificados de firma electrónica

Con el objeto de adaptarse a la nueva normativa europea, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) dejará de emitir certificados de firma electrónica a favor de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica. Por tanto, tenga en cuenta que, aunque éstos podrán seguir utilizándose hasta su caducidad, no podrán renovarse y habrá que solicitar uno nuevo.

Tres nuevos tipos de certificado:

Certificado de representante para administrador único o solidario: Se expide a los administradores únicos o solidarios como representantes de las personas jurídicas. Si éste dispone de un certificado electrónico de persona física o DNI electrónico la obtención, tras abonar el precio público establecido (24€) puede realizarse íntegramente por vía telemática.

Certificado de representante de persona jurídica: Se expide a las personas físicas como representantes de las personas jurídicas. En este caso, es preciso personarse, con la documentación exigible en cada caso, en una oficina de registro de la AEAT/CNMV para obtener un certificado de representante. Antes de su descarga se deberá abonar igualmente el precio público correspondiente (14€).

Certificado de representante de entidad sin personalidad jurídica: Se expide para personas físicas como representantes de las entidades sin personalidad jurídica en el ámbito tributario y otros previstos en la legislación vigente. Al igual que en el caso anterior, es preciso personarse en una oficina de registro de la AEAT/CNMV. La descarga de este tipo de certificado no tiene coste asociado.

 

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