Plazo extraordinario para salida del REDEME y renuncia al régimen especial de grupos de IVA

Como ya les informamos, el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, modificó el Reglamento del IVA estableciendo un nuevo sistema de llevanza de los libros registro a través de la Sede Electrónica de la AEAT (sistema de gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información – SII).

 

Con carácter general, los sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual únicamente podrán solicitar la baja del mismo en el mes de noviembre y la renuncia al régimen especial del grupo de entidades del IVA durante el mes de diciembre. Dado que la publicación del citado Real Decreto se produjo el día 6 de diciembre de 2016, el pasado sábado 27 se publicó en el BOE el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre que habilita un plazo extraordinario de renuncia desde el día 28 de mayo y hasta el próximo 15 de junio que tendrán efectos desde el 1 de julio de 2017.

 

Adicionalmente establece que, en el ejercicio 2017, los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado no podrán optar por la aplicación del SII.

503 Service Unavailable

Service Unavailable

The server is temporarily unable to service your request due to maintenance downtime or capacity problems. Please try again later.

Additionally, a 503 Service Unavailable error was encountered while trying to use an ErrorDocument to handle the request.